Generador de aviso de transparencia de IA
Comprueba si necesitas informar de que utilizas inteligencia artificial y genera un aviso adaptado para chatbots, agentes, deepfakes, contenido sintético, textos de interés público y sistemas biométricos.
¿Qué quieres etiquetar o comunicar?
Selecciona el caso que mejor describe tu uso. Después comprobaremos si el artículo 50 exige realmente un aviso.
El mismo texto no sirve para todos los escenarios.
Guía completa de transparencia Deepfakes y AI Act
Cuándo deben identificarse Prácticas prohibidas
Comprueba los límites del artículo 5 Evaluador de prácticas prohibidas
Analiza tu sistema AESIA
Supervisión del AI Act en España Derechos frente a la IA
Qué puede exigir una persona
Resultado orientativo basado en el artículo 50 del AI Act y las Directrices de la Comisión Europea de julio de 2026. No constituye asesoramiento jurídico ni certificación de cumplimiento.
¿Cuándo hay que avisar de que se utiliza inteligencia artificial?
Desde el 2 de agosto de 2026, el artículo 50 del AI Act establece obligaciones específicas de transparencia para determinados sistemas de inteligencia artificial.
Pero no existe una obligación general de añadir:
“Este contenido ha sido creado con IA”
a cualquier utilización de inteligencia artificial.
La obligación depende principalmente de:
- qué hace el sistema;
- quién lo proporciona;
- quién lo utiliza;
- si interactúa directamente con personas;
- si genera contenido sintético;
- si el contenido constituye un deepfake;
- si se publica texto sobre asuntos de interés público;
- o si existen sistemas de reconocimiento emocional o categorización biométrica.
Las Directrices definitivas de la Comisión Europea fueron publicadas el 20 de julio de 2026, precisamente para aclarar estos supuestos antes de la entrada en aplicación del artículo 50 el 2 de agosto.
¿Qué debe decir un aviso de inteligencia artificial?
El AI Act no establece una frase universal obligatoria como:
“ESTE CONTENIDO HA SIDO CREADO POR IA.”
La exigencia fundamental es que la información correspondiente sea:
clara
distinguible
accesible
y se facilite, como máximo, en el momento de la primera interacción o exposición.
Por eso el generador produce distintas fórmulas en función del contexto.
Por ejemplo:
Estás interactuando con un sistema de inteligencia artificial.
puede resultar apropiado para un chatbot.
Mientras que para un deepfake puede ser más adecuado:
Este vídeo ha sido generado o manipulado mediante inteligencia artificial.
Y una obra ficticia puede utilizar una fórmula menos intrusiva:
Esta obra incluye contenido generado o manipulado mediante inteligencia artificial.
El objetivo no es utilizar una frase jurídica determinada.
Es conseguir que una persona comprenda realmente:
que la interacción o contenido es artificial.
¿Tengo que utilizar los iconos oficiales de la UE?
No necesariamente.
La Unión Europea ha creado en 2026 un conjunto de iconos específicos para identificar contenido generado o manipulado mediante IA, pero su utilización es opcional.
La Comisión indica que pueden emplearse junto con etiquetas textuales y señala que las pruebas realizadas con usuarios obtuvieron mejores resultados cuando el icono iba acompañado de texto. También recomienda que sean perceptibles y accesibles para tecnologías asistenciales.
Yo no incorporaría los iconos directamente al generador.
Dejaría la herramienta centrada en producir:
el texto adecuado.
Después podemos añadir en el futuro un pequeño bloque:
“Añadir icono europeo”
que enlace al recurso oficial.
¿El Código de Buenas Prácticas de Transparencia es obligatorio?
No.
El Código europeo de Transparencia sobre contenido generado mediante IA es voluntario.
Pero Comisión Europea y AI Board lo han considerado un mecanismo adecuado para facilitar el cumplimiento de las obligaciones de marcado y etiquetado del artículo 50. Los firmantes pueden utilizarlo como vía reconocida para demostrar cumplimiento, aunque adherirse al Código tampoco constituye una prueba definitiva de que cualquier utilización concreta cumpla la ley.
Una precisión importante para sistemas antiguos
El AI Omnibus introdujo una transición especial para determinados proveedores de sistemas generativos puestos en el mercado antes del 2 de agosto de 2026.
Esos proveedores disponen hasta el:
2 de diciembre de 2026
para adoptar las medidas necesarias para cumplir el marcado técnico del artículo 50.2.
Por eso el generador pregunta la fecha cuando el usuario indica que está analizando al proveedor.
No afecta de la misma manera a las obligaciones visibles de deepfakes, chatbots o textos de interés público.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que decir siempre que utilizo IA?
No.
El artículo 50 regula situaciones determinadas, no cualquier uso imaginable de inteligencia artificial.
¿Un chatbot tiene que identificarse como IA?
Cuando se cumplen los requisitos del artículo 50.1, sí, salvo que resulte evidente para una persona razonablemente informada que está interactuando con IA. La Comisión indica que esta excepción debe interpretarse restrictivamente.
¿Dónde debe aparecer el aviso del chatbot?
Desde el comienzo de la primera interacción, de forma clara, distinguible y accesible.
¿Todo contenido generado mediante IA debe llevar una etiqueta visible?
No.
El proveedor puede tener una obligación de marcado técnico bajo el artículo 50.2, pero la obligación visible del deployer se concentra especialmente en deepfakes y determinados textos publicados de interés público.
¿Un deepfake debe etiquetarse?
Cuando cumple la definición del AI Act, el deployer debe divulgar su naturaleza artificial como máximo en la primera exposición.
¿Basta con los metadatos de la imagen?
No para satisfacer la obligación visible del deployer de un deepfake. La Comisión señala expresamente que no puede depender únicamente del marcado legible por máquina del proveedor.
¿Una película con efectos generados mediante IA necesita avisar cada vez?
No necesariamente de esa manera. El contexto importa para determinar incluso si estamos ante un deepfake y las obras manifiestamente artísticas, creativas, satíricas o ficticias disponen de un régimen adaptado que permite divulgar la existencia del contenido artificial sin perjudicar el disfrute de la obra.
¿Tengo que etiquetar un artículo escrito con ayuda de ChatGPT?
No automáticamente.
Para la obligación específica del artículo 50.4 debe tratarse de texto publicado para informar al público sobre asuntos de interés público. Además existe una excepción cuando ha habido revisión humana o control editorial real y existe responsabilidad editorial.
¿Corregir el texto antes de publicarlo cuenta como revisión humana?
Depende de la revisión.
La Comisión dice expresamente que una corrección meramente formal, ortográfica o gramatical no equivale a la revisión sustantiva exigida para aplicar la excepción.
¿Tengo que indicar para qué sirve un sistema de reconocimiento emocional?
El artículo 50.3 exige informar a las personas expuestas de su funcionamiento. Las Directrices aclaran que esa obligación concreta no exige necesariamente informar de la finalidad, aunque otras normas —especialmente protección de datos— sí pueden exigir información adicional.
¿Poner un aviso permite usar reconocimiento emocional en trabajadores?
No.
La transparencia no convierte en lícita una práctica que pueda estar prohibida por el artículo 5.
