¿Cumplen los chatbots con el AI Act? Estudio de transparencia sobre 24 asistentes de IA en 2026

Estudio propio de IA Regulación · 14 de agosto de 2026


Resumen del estudio

El 2 de agosto de 2026 comenzaron a aplicarse las obligaciones de transparencia del artículo 50 del Reglamento Europeo de Inteligencia Artificial (AI Act).

Una de ellas afecta directamente a los sistemas de inteligencia artificial diseñados para interactuar con personas: con carácter general, el usuario debe poder saber que está interactuando con una IA, salvo cuando resulte evidente teniendo en cuenta las circunstancias y el contexto.

Pero ¿cómo se está trasladando esta obligación a los chatbots que ya utilizamos?

IA Regulación ha realizado una auditoría observacional de 24 asistentes conversacionales, divididos en dos grupos:

Grupo analizadoSistemas
Asistentes cuyo producto principal es una IA conversacional12
Chatbots y asistentes integrados en servicios de empresas12
Total24

El objetivo no ha sido determinar si una empresa concreta “cumple” o “incumple” el AI Act, algo que exigiría analizar cada caso jurídico y técnicamente de forma individual.

La pregunta de investigación ha sido más concreta:

¿Qué señales encuentra un usuario para comprender que está interactuando con un sistema automatizado o de inteligencia artificial?

Principales resultados

  • 20 de los 24 sistemas analizados (83,3 %) presentan una referencia explícita a la IA o se ofrecen en un contexto en el que su naturaleza de IA resulta manifiesta.
  • Entre los asistentes cuyo producto principal es precisamente una IA conversacional, esta proporción alcanza el 100 %.
  • Entre los asistentes integrados en webs o servicios de empresas, baja al 66,7 %.
  • En el 33,3 % de los asistentes empresariales analizados, la primera capa pública utiliza expresiones como chatbot o asistente virtual, pero no una referencia literal a “IA” o “inteligencia artificial”.
  • No se ha detectado, dentro de la muestra seleccionada, un patrón generalizado de ocultación de la naturaleza automatizada de la interacción.
  • Sí se observa una falta considerable de estandarización en la forma de comunicarla.

El resultado más relevante no es, por tanto, que los chatbots estén ocultando sistemáticamente que son sistemas automatizados.

La principal diferencia está en cómo lo dicen.


1. Qué exige realmente el artículo 50 del AI Act a los chatbots

El punto de partida de este estudio es el artículo 50.1 del Reglamento (UE) 2024/1689.

Cuando un sistema de IA está destinado a interactuar directamente con personas, el proveedor debe diseñarlo y desarrollarlo de manera que el usuario sea informado de que está interactuando con un sistema de inteligencia artificial.

Existe, sin embargo, una excepción importante: esta información adicional no es necesaria cuando la naturaleza artificial de la interacción resulte evidente para una persona razonablemente informada, atenta y perspicaz, teniendo en cuenta las circunstancias y el contexto de utilización.

Además, el artículo 50.5 establece que la información correspondiente debe facilitarse de manera clara y distinguible y, como máximo, en el momento de la primera interacción o exposición del usuario al sistema.

Las Directrices finales de la Comisión Europea sobre el artículo 50, publicadas el 20 de julio de 2026, desarrollan precisamente estas obligaciones y ofrecen criterios y ejemplos para facilitar su aplicación. Las obligaciones del artículo 50 son aplicables desde el 2 de agosto de 2026.

Por tanto, este estudio se realiza apenas doce días después de que estas reglas hayan comenzado a ser aplicables.

Importante: decir “chatbot” no equivale automáticamente a incumplir

Uno de los errores que hemos querido evitar deliberadamente en este estudio sería establecer una regla como:

Si no aparece literalmente la palabra “IA”, el chatbot incumple el artículo 50.

El Reglamento no permite llegar automáticamente a esa conclusión.

La excepción basada en que la naturaleza artificial resulte evidente por el contexto obliga a realizar una valoración contextual.

Una interfaz denominada “chatbot”, por ejemplo, transmite claramente al usuario que no está manteniendo una conversación convencional con una persona. La cuestión jurídica adicional es si, dadas las circunstancias concretas, esa información resulta suficientemente clara para que una persona comprenda la naturaleza de la interacción.

Por esta razón, nuestro estudio mide señales de transparencia, no emite sentencias individuales de cumplimiento.


2. Qué hemos analizado

La muestra se ha diseñado deliberadamente para representar dos situaciones muy diferentes.

Grupo A. Asistentes de IA como producto principal

Se seleccionaron doce servicios en los que la interacción con una inteligencia artificial constituye el propio núcleo del producto:

ChatGPT, Claude, Gemini, Microsoft Copilot, Perplexity, Mistral Vibe —anteriormente Le Chat—, Grok, Meta AI, DeepSeek, Qwen, Lumo y Brave Leo.

Las páginas y documentación actuales de estos servicios los presentan expresamente como sistemas, asistentes o agentes de inteligencia artificial.

Grupo B. Asistentes integrados en otros servicios

El segundo grupo se diseñó para representar una situación potencialmente más ambigua: una persona entra en la web de una compañía para comprar, contratar, consultar una factura, recibir soporte o resolver una incidencia y encuentra un asistente conversacional.

Se incluyeron doce asistentes pertenecientes a sectores distintos:

Vodafone TOBi, Naturgy Pepe, Vueling AI Agent, DHL R.I.T.A., BBVA Blue, MAPFRE ami, IKEA Billie, el Asistente Virtual Psicológico de Sanitas, el chat de productos de El Corte Inglés, los servicios conversacionales documentados por Iberdrola, eToro Tori y Lufthansa Chat Assistant.

La muestra incluye banca, seguros, telecomunicaciones, energía, comercio electrónico, salud, transporte, logística, viajes e inversión, con el objetivo de evitar que los resultados dependan de las prácticas de un único sector. La existencia y naturaleza automatizada o basada en IA de estos asistentes se comprobó utilizando exclusivamente fuentes oficiales de las propias organizaciones.

3. Metodología

Fecha de observación

14 de agosto de 2026.

El estudio debe entenderse como una fotografía del mercado en esa fecha. Las interfaces digitales pueden modificarse posteriormente.

Tipo de investigación

Se ha realizado una auditoría observacional remota de información pública.

No se han utilizado cuentas privadas, datos personales de usuarios ni técnicas destinadas a eludir restricciones de acceso.

La investigación se ha basado en:

  1. interfaces y páginas públicas de acceso al asistente;
  2. páginas oficiales del producto;
  3. centros de ayuda y soporte;
  4. condiciones de utilización;
  5. políticas de privacidad específicas del servicio;
  6. documentación corporativa reciente del proveedor.

No se han utilizado publicaciones de terceros para determinar la naturaleza del sistema.

Unidad de análisis

La unidad de análisis no ha sido la empresa, sino el asistente conversacional seleccionado.

Se ha incluido únicamente un servicio principal por organización para evitar duplicidades.

Criterios de inclusión

Para ser incorporado a la muestra, el sistema debía:

  • permitir o estar diseñado para una interacción conversacional directa con personas;
  • contar con evidencia oficial suficiente para confirmar su naturaleza automatizada o basada en IA;
  • disponer de información pública razonablemente accesible desde España o la Unión Europea;
  • encontrarse documentado como servicio vigente en la fecha del estudio;
  • permitir analizar al menos la capa pública anterior o asociada al inicio de la interacción.

Criterios de exclusión

Se excluyeron:

  • simples buscadores sin interfaz conversacional;
  • formularios automatizados;
  • asistentes cuya existencia actual no podía verificarse mediante fuentes oficiales;
  • chatbots exclusivamente internos para empleados;
  • servicios sin documentación pública suficiente;
  • duplicados o variantes del mismo asistente.

4. La escala utilizada

Para evitar convertir una observación externa en una calificación jurídica, se creó una clasificación específicamente descriptiva.

Nivel A — Identificación explícita de IA

Existe una referencia directamente comprensible a:

  • IA;
  • AI;
  • inteligencia artificial;
  • AI assistant;
  • AI agent;

o una formulación equivalente.

También se incluye en esta categoría el supuesto en el que el propio servicio se ofrece inequívocamente como producto de inteligencia artificial y esa naturaleza forma parte manifiesta del contexto en el que empieza la interacción.

Este nivel constituye una señal fuerte de transparencia, pero no supone por sí solo una certificación completa de cumplimiento del AI Act.

Nivel B — Identificación de automatización

La interfaz utiliza expresiones como:

  • chatbot;
  • bot;
  • asistente virtual;

u otra terminología que comunica claramente que existe una interacción automatizada, pero no incorpora una referencia literal a la inteligencia artificial en la primera capa pública analizada.

Este nivel no se clasifica como incumplimiento.

La suficiencia jurídica dependería, entre otros factores, de si la naturaleza de IA resulta evidente teniendo en cuenta el contexto concreto.

Nivel C — Sin señal observable

No se encuentra en la capa analizada ninguna información que permita distinguir razonablemente una interacción automatizada de una conversación humana.

NV — No verificable

La información disponible no permite una clasificación suficientemente fiable.

Los casos NV no deben incluirse en los denominadores estadísticos.


5. Resultados

Resultado general de los 24 sistemas

Señal observadaSistemasPorcentaje
Referencia explícita a IA o contexto manifiestamente de IA2083,3 %
Identificación como chatbot/asistente automatizado sin referencia literal a IA en la primera capa pública416,7 %
Total24100 %

Elaboración propia de IA Regulación sobre documentación oficial disponible a 14 de agosto de 2026.

El dato agregado muestra que la referencia a la inteligencia artificial es ya claramente mayoritaria en la muestra.

Sin embargo, el resultado cambia sustancialmente cuando se distingue entre los dos tipos de producto.


6. Los asistentes de IA y los chatbots empresariales no comunican igual

IA como producto principal: 100 %

En los doce asistentes del Grupo A, la inteligencia artificial forma parte explícita o inequívoca de la identidad y contexto del producto.

12 de 12: 100 %.

No resulta sorprendente.

Una persona que accede deliberadamente a ChatGPT, Claude, Gemini, Copilot u otro servicio comercializado precisamente como asistente de IA se encuentra en un contexto muy diferente al de alguien que entra en la web de su compañía energética para consultar una factura.

Esta diferencia es especialmente relevante porque el propio artículo 50 incorpora el concepto de obviedad contextual.

Asistentes integrados en empresas: 66,7 %

En la muestra de asistentes empresariales:

Forma de presentación observadaResultado
IA indicada explícitamente o documentada como señal inicial8 de 12 — 66,7 %
Chatbot/asistente virtual sin referencia literal a IA en la primera capa4 de 12 — 33,3 %

La diferencia entre ambos grupos es de 33,3 puntos porcentuales.

Este es probablemente el resultado más interesante del estudio.

Uno de cada tres asistentes empresariales analizados no utiliza la palabra “IA” en su primera presentación pública

Pero esto requiere una interpretación cuidadosa.

En esos casos no encontramos una apariencia generalizada de conversación humana oculta.

Las expresiones utilizadas identifican al interlocutor como chatbot o asistente virtual.

Además, la naturaleza basada en inteligencia artificial puede aparecer en otras capas de documentación oficial. Esto se observa, por ejemplo, en documentación corporativa o de privacidad que describe expresamente como IA sistemas cuya presentación inmediata utiliza terminología de asistente virtual o chatbot.

Por tanto, el fenómeno detectado es mejor definido como una diferencia en el grado y forma de explicitud, no como una ocultación sistemática.


7. El principal problema observado: no existe un lenguaje común

Los sistemas analizados utilizan fórmulas muy diferentes para describir esencialmente una misma circunstancia: el usuario está interactuando con software.

Entre las expresiones presentes en el mercado encontramos conceptos equivalentes a:

IA, asistente de IA, AI Agent, chatbot, asistente virtual, respuestas asistidas por IA o compañero de IA.

Desde el punto de vista de experiencia de usuario, todas estas expresiones tienen grados diferentes de precisión.

Y desde el punto de vista regulatorio aparece una cuestión interesante:

¿Hasta qué punto debe el usuario interpretar qué tecnología hay detrás de expresiones como “asistente virtual”?

El AI Act no establece una frase obligatoria que deba aparecer en todos los chatbots.

Tampoco obliga a utilizar exactamente las palabras “inteligencia artificial”.

La valoración gira en torno a que la persona esté informada de la naturaleza de la interacción o que esta resulte suficientemente evidente según el contexto. Las Directrices de la Comisión precisamente desarrollan la aplicación práctica de estas obligaciones.

Esto explica por qué contar palabras no es suficiente para auditar jurídicamente un chatbot.


8. Qué NO demuestra este estudio

Para interpretar correctamente los porcentajes es necesario establecer varios límites.

No es un ranking de empresas

Las identidades de los sistemas se publican únicamente para hacer transparente y reproducible la composición de la muestra.

No se publican puntuaciones individuales.

No determina infracciones

Una auditoría externa de información pública no permite concluir por sí sola que una organización haya infringido el Reglamento.

Sería necesario estudiar el sistema, sus diferentes interfaces, el contexto, los idiomas, el papel jurídico de cada participante en la cadena de valor y las circunstancias específicas de utilización.

La muestra no es aleatoria

Se trata de una muestra intencional y multisectorial de 24 sistemas relevantes, no de una selección estadísticamente aleatoria de todos los chatbots utilizados en la Unión Europea.

Por ello, los porcentajes describen estrictamente esta muestra y no deben extrapolarse como estimaciones de prevalencia de todo el mercado europeo.

Una interfaz puede variar

Una compañía puede mostrar mensajes diferentes dependiendo de:

  • país;
  • idioma;
  • aplicación o página web;
  • usuario identificado o no identificado;
  • canal de WhatsApp, app o navegador;
  • versión de la interfaz;
  • pruebas A/B.

No se ha realizado una auditoría técnica de accesibilidad

El artículo 50.5 contiene también requisitos relativos a la presentación accesible de la información.

Este estudio analiza el contenido observable, no certifica técnicamente la accesibilidad de cada interfaz.


9. Por qué no hemos incluido el etiquetado técnico del contenido generado

El artículo 50 no contiene únicamente reglas para chatbots.

Su apartado 2 introduce además obligaciones para determinados proveedores de sistemas que generan contenido sintético de audio, imagen, vídeo o texto, que deben permitir que dicho contenido pueda detectarse como generado o manipulado artificialmente mediante soluciones técnicas legibles por máquina.

Hemos decidido no mezclar esa obligación con el presente estudio por dos motivos.

Primero, verificar correctamente un marcado legible por máquina exigiría una metodología técnica distinta: generación de archivos, conservación de originales, análisis de metadatos o señales técnicas y pruebas específicas por modalidad.

Segundo, el propio Reglamento contempla una disposición transitoria específica para determinados sistemas ya introducidos en el mercado antes del 2 de agosto de 2026 en relación con la obligación del artículo 50.2, con plazo hasta el 2 de diciembre de 2026.

Esa transición no debe confundirse con la regla general del artículo 50.1 sobre informar al usuario de que está interactuando con una IA.

Por ello, analizar ambas cuestiones juntas podría generar resultados engañosos.


10. Qué conclusión podemos extraer doce días después de la entrada en aplicación

La fotografía obtenida el 14 de agosto de 2026 muestra una adaptación visible del mercado hacia la transparencia, aunque no existe todavía una forma uniforme de comunicarla.

En nuestra muestra:

83,3 % de los asistentes utilizan una referencia explícita a la IA o funcionan en un contexto en el que su naturaleza artificial resulta manifiesta.

Entre los productos creados específicamente como asistentes de IA, el porcentaje es del 100 %.

Entre asistentes integrados en servicios empresariales, desciende al 66,7 %.

Y en uno de cada tres asistentes empresariales analizados, el usuario recibe una indicación clara de automatización —por ejemplo, “chatbot” o “asistente virtual”— pero sin una mención literal a IA en la primera capa pública estudiada.

Por tanto, la principal zona gris observada no es la ausencia absoluta de información sino la heterogeneidad del vocabulario empleado para proporcionarla.

Esa distinción es importante.

Presentar un resultado como “un 33 % de los chatbots incumple el AI Act” no estaría respaldado por esta investigación.

En cambio, sí podemos afirmar que:

un tercio de los asistentes empresariales de nuestra muestra utiliza una señal de automatización menos explícita que la identificación directa como sistema de inteligencia artificial.

Será el contexto concreto el que determine si esa señal resulta suficiente a efectos del artículo 50.


11. Una opción sencilla para reducir la incertidumbre jurídica

Desde una perspectiva de compliance by design, existe una solución extremadamente sencilla.

Cuando la naturaleza artificial pueda generar alguna duda, la interfaz puede introducir al inicio una frase inequívoca como:

“Estás interactuando con un asistente de inteligencia artificial.”

Es corta.

No exige explicar el funcionamiento técnico del modelo.

No sobrecarga la experiencia de usuario.

Y elimina buena parte de la ambigüedad que puede producir el uso exclusivo de conceptos como asistente, asistente virtual o nombres humanizados.

Añadir información adicional sobre limitaciones, posibilidad de errores o vías para contactar con una persona puede ser una buena práctica dependiendo del servicio, pero no debe confundirse con la obligación específica del artículo 50.1.


12. Checklist de transparencia para un chatbot después del 2 de agosto de 2026

Una organización que utilice un asistente conversacional puede revisar al menos estos puntos:

  • Determinar si el sistema utilizado entra dentro del concepto de sistema de IA del AI Act.
  • Identificar quién actúa como proveedor y quién como responsable del despliegue en la cadena de valor.
  • Comprobar si el sistema está destinado a interactuar directamente con personas.
  • Revisar si la naturaleza de IA resulta realmente evidente en el contexto concreto.
  • Cuando pueda existir duda, informar expresamente de que se trata de un sistema o asistente de inteligencia artificial.
  • Mostrar esa información, como máximo, al comienzo de la primera interacción.
  • Hacer que el aviso sea claro y distinguible del resto del contenido.
  • Revisar por separado los requisitos de accesibilidad.
  • Comprobar cada canal de utilización: web, aplicación, WhatsApp u otros.
  • Revisar todas las versiones lingüísticas del asistente.
  • Conservar evidencias de la interfaz y de las versiones implantadas como parte de la documentación interna de cumplimiento.
  • Si el sistema genera contenido, evaluar separadamente si resulta aplicable el artículo 50.2 y sus requisitos técnicos.

13. Qué deberían aprender las empresas de estos resultados

Los datos sugieren tres conclusiones prácticas.

1. El mercado ya está comunicando mayoritariamente la presencia de IA

La transparencia no parece ser una práctica excepcional dentro de nuestra muestra.

La identificación explícita domina especialmente en productos cuya inteligencia artificial constituye la propuesta principal de valor.

2. El riesgo de ambigüedad se concentra en la IA integrada

Cuanto más invisible sea la inteligencia artificial dentro de un servicio que el consumidor utiliza por otro motivo, más importante resulta estudiar cómo interpreta el usuario la conversación.

No es lo mismo acceder a una herramienta comercializada como “asistente de IA” que pulsar el botón de atención al cliente de una compañía.

3. La identificación explícita es una medida de bajo coste

Desde una política conservadora de cumplimiento, sustituir:

“Hola, soy tu asistente virtual”

por:

“Hola, soy el asistente virtual de inteligencia artificial de [empresa]”

elimina una parte importante de la discusión acerca de si la naturaleza de IA era o no suficientemente evidente.


14. Preguntas frecuentes sobre chatbots y AI Act

¿El AI Act obliga a avisar de que un chatbot utiliza inteligencia artificial?

Con carácter general, el artículo 50 establece que las personas que interactúan directamente con determinados sistemas de IA deben ser informadas de que están interactuando con una IA.

Existe una excepción cuando esto resulte evidente para una persona razonablemente informada, atenta y perspicaz teniendo en cuenta las circunstancias y el contexto.

¿Desde cuándo se aplica esta obligación?

Las obligaciones de transparencia del artículo 50 son aplicables desde el 2 de agosto de 2026.

¿Basta con decir que es un “chatbot” o “asistente virtual”?

No existe una respuesta universal.

Esas expresiones comunican que la interacción es automatizada, pero la suficiencia concreta debe valorarse teniendo en cuenta el contexto y la excepción de obviedad contemplada por el artículo 50.

Por ello, desde una perspectiva prudente, una referencia expresa a “IA” o “inteligencia artificial” reduce la ambigüedad.

¿Hay que mostrar el aviso antes de que el usuario escriba?

La información debe facilitarse, como máximo, en el momento de la primera interacción o exposición correspondiente. Por ese motivo, incorporarla al lanzador, pantalla inicial o primer mensaje constituye una forma particularmente clara de implementarla.

¿Un chatbot pasa a ser automáticamente un sistema de IA de alto riesgo?

No.

Que un sistema interactúe mediante conversación con personas no determina por sí mismo que sea un sistema de alto riesgo. La obligación de transparencia del artículo 50 es una cuestión diferente de la clasificación de riesgo del sistema.

¿El artículo 50 obliga a ofrecer atención humana?

La obligación específica de informar de la interacción con IA no establece por sí misma un derecho general a transferir cualquier chatbot a un operador humano.

Podrían existir otras obligaciones derivadas del contexto, del sector o de otra normativa, pero deben analizarse separadamente.

¿Qué ocurre con los textos, imágenes, audios o vídeos generados por IA?

El artículo 50 contiene obligaciones adicionales sobre determinados contenidos sintéticos, incluida la utilización de soluciones técnicas que permitan detectar que fueron generados o manipulados artificialmente.

Es un requisito diferente del simple aviso al usuario de que está conversando con una IA.


15. Ficha técnica del estudio

CaracterísticaDiseño
Autor de la investigaciónIA Regulación
Fecha14 de agosto de 2026
Tamaño de la muestra24 asistentes
IA conversacional como producto12
Asistentes integrados en empresas12
CoberturaMultisectorial
Área jurídica principalArtículo 50.1 y 50.5 AI Act
Tipo de estudioObservacional y descriptivo
FuentesDocumentación pública oficial
Evaluación individual publicadaNo
ResultadosExclusivamente agregados
Representatividad estadísticaNo probabilística
Versión1.0

16. Transparencia y reproducibilidad de esta investigación

Este estudio publica:

  • los criterios de selección;
  • los sistemas incluidos;
  • la fecha de análisis;
  • las variables observadas;
  • la regla de clasificación;
  • los denominadores utilizados;
  • las limitaciones de la investigación.

Las conclusiones se presentan exclusivamente de manera agregada.

Los nombres de los sistemas que forman la muestra permiten comprender y reproducir el estudio, pero IA Regulación no atribuye públicamente a ninguna de las organizaciones analizadas una declaración individual de cumplimiento o incumplimiento del Reglamento (UE) 2024/1689.

Las interfaces y políticas pueden cambiar después de la fecha de observación. Por ello, los resultados deben citarse siempre indicando la fecha del estudio.


17. Conclusión

La entrada en aplicación del artículo 50 del AI Act marca un cambio aparentemente pequeño, pero importante, en la relación entre personas y sistemas de inteligencia artificial.

Saber con quién —o con qué— estamos hablando se convierte en una cuestión regulatoria.

Nuestro análisis de 24 asistentes muestra que la transparencia explícita ya está ampliamente extendida, pero no de manera uniforme.

La diferencia resulta especialmente visible entre los productos que nacen como asistentes de IA y aquellos en los que la inteligencia artificial se incorpora dentro de un servicio convencional.

83,3 % de la muestra ofrece una identificación explícita de IA o un contexto inequívocamente vinculado a ella.

Pero entre asistentes empresariales esa proporción se reduce al 66,7 %.

El tercio restante utiliza conceptos que identifican la automatización, como chatbot o asistente virtual, sin mencionar expresamente la IA en la primera capa pública estudiada.

Eso no permite afirmar que exista incumplimiento.

Sí permite identificar una zona de interpretación que las empresas pueden eliminar fácilmente mediante un aviso explícito, temprano y comprensible.

A medida que el artículo 50 empiece a aplicarse en la práctica, probablemente la pregunta relevante deje de ser únicamente si los sistemas avisan.

La siguiente será:

¿qué debe entender realmente un usuario cuando recibe ese aviso?


Cómo citar este estudio

IA Regulación (2026). “¿Cumplen los chatbots con el AI Act? Estudio de transparencia sobre 24 asistentes de IA en 2026”. IARegulacion.com. Estudio publicado el 14 de agosto de 2026.

Versión del estudio: 1.0
Fecha de corte de los datos: 14/08/2026.

Nota metodológica

Este contenido tiene finalidad informativa y de investigación. No constituye asesoramiento jurídico ni una auditoría formal de cumplimiento de las organizaciones incluidas en la muestra.

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